Es el instrumento legal que se utiliza para conjuntar esfuerzos entre partes para la edificación y desarrollo de proyectos inmobiliarios.
Beneficios:
1.- Constituir un patrimonio autónomo independiente al de cada aportante.
2.- Unificación de la propiedad del inmueble y de las construcciones.
3.- Alto grado de confidencialidad para planeación de alianzas estratégicas.
4.- Asesoría de expertos en materia fiduciaria-inmobiliaria.
Personas físicas Mexicanas:
1.- Formato KYC
2.- Identificación oficial del representante legal (IFE, pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, cartilla militar).
3.- Copia del RFC y/o FIEL (Firma Electrónica), cuando cuente con ellas.
4.- Comprobante de domicilio con fecha de expedición no mayor a 3 meses (pago de servicios luz, agua, teléfono, gas, predial, estados de cuenta bancarios).
Personas morales Mexicanas:
1.- Formato KYC
2.- Copia del RFC y/o FIEL (Firma Electrónica), cuando cuente con ellas.
3.- Copia simple del testimonio original o copia certificada de la escritura constitutiva inscrita en Registro Público, si no está inscrita por su reciente creación, anexar escrito del representante legal donde manifieste que llevará a cabo la inscripción y entregará a Fiduciario constancia de la misma.
4.- Copia simple del testimonio original o copia certificada de la escritura que contenga poderes cuando no estén contenidos en la escritura constitutiva.
5.- Identificación oficial del representante legal (IFE, pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, cartilla militar).
6.- Comprobante de domicilio con fecha de expedición no mayor a 3 meses (pago de servicios luz, agua, teléfono, gas, predial, estados de cuenta bancarios).
Del inmueble:
1.- Convenio de Asociación entre las partes.
2.- Copia de la escritura pública y/o título con el que se acredita la propiedad inscrito en RPP y C.
3.- Certificado de libertad de gravámenes.
4.- Copia de boletas de pago predial.